¿Como se valúa el patrimonio de un FCI?

A continuación y mediante una serie de puntos, intentare resumirles como se valúa desde el punto de vista normativo los fondos que componen el patrimonio de un FCI:

  1. Acciones y certificados de participación: Como regla principal se deberá observar si el monto negociado(monto negociado vs monto promedio diario de los últimos 30 dias) es mayor al 20% y si la regularidad de negociación mensual(cantidad de dias que alcanzo el importe mínimo operativo) supera al 50% entonces se tomara el precio de cierre. Caso contrario, se deberá tomar el menor valor entre la ultima negociación de cierre o el precio de adquisición.
  2. Títulos de deuda y Letras del Tesoro: Se toma la misma modalidad que en acciones pero con la salvedad de que si no se cumplen las condiciones se deberá tomar el menor precio que surja de aplicar la paridad a la ultima negociación de cierre al valor técnico o de aplicar la paridad al precio de adquisición.
  3. Valores de corto plazo: Aquí tendremos en cuenta el plazo. Si el vencimiento es menor a 95 dias corridos, se aplicara la paridad que surja al momento de adquisición al valor técnico. Si el vencimiento es mayor a 95 dias, se podrá tomar el precio de mercado o en su defecto el monto nominal del titulo aplicando la tasa de descuento.
  4. Cedears: Si el monto negociado es mayor al 30% y la regularidad mensual mayor al 80% se tomara el precio de cierre. Caso contrario se tomara el menor entre la ultima negociación de cierre o la equivalencia con el activo subyacente valuado al tipo de cambio del BNA teniendo en cuenta deducciones por costos asociados.
  5. Fideicomisos Financieros: En el caso de valores de deuda, si la regularidad de negociación mensual supera el 50% se tomara el precio de cierre, caso contrario el menor entre el valor que surja de aplicar la paridad del ultimo precio de cierre al valor técnico o al momento de adquisición.
  6. Cheques, certificados de plazo fijo, etc: Si el plazo de vencimiento es menor a los 120 dias se tomara la suma del precio de adquisición mas los intereses corridos. Si es mayor a 120 dias, se tomara el monto nominal y se los descontara con una tasa de instrumento similar o descontarlo con la ultima tasa que surja del ultimo precio de negociación.
  7. Caucion: Se tomara el capital invertido devengando todos los días el interés correspondiente.

Por ultimo los instrumentos que coticen solo en el exterior se tomara para valuarse los criterios aplicados a los activos locales y se debera tomar el tipo de cambio comprador del BNA.

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